DERECHOS COLECTIVOS
Pretende proteger los intereses e incluso la identidad de tales colectivos. Se
definieron a partir del derecho de autodeterminación, y se engloban en los
llamados "derechos de tercera generación" (derechos colectivos, de
los pueblos y del medio ambiente), según la teoría de las tres generaciones de derechos
humanos.
El "derecho de autodeterminación de los pueblos" tuvo su
primera utilización a gran escala en los catorce puntos de Wilson, con los que se pretendía
acabar con la Primera Guerra Mundial y establecer una paz
definitiva. La Conferencia de Paz de París
(1919) no fue una aplicación de dicho principio, que no obstante fue
constantemente aludido en las relaciones internacionales del periodo de
entreguerras y en la Sociedad de Naciones. La decisión del futuro
político de muchos territorios europeos (como por ejemplo, el Sarre) se decidió mediante
consultas populares en forma de asamblea general.
En 1948, la Asamblea General de las
Naciones Unidas proclamó (por 48 votos a favor, ninguno en contra y 8 abstenciones) la Declaración
Universal de Derechos Humanos, que a partir de entonces ha sido adoptada por cada uno de los Estados. Todos los derechos
especificados en la declaración estaban basados en el individuo, como el derecho a la no discriminación, a la libertad de movimiento, privacidad, al matrimonio por libre consentimiento de los esposos, a condiciones
justas y favorables en el trabajo, a la participación en la
vida cultural, a una igual protección ante la ley, etc.
No obstante, la Carta de las Naciones Unidas (firmada el 26 de junio de
1945 y en vigor desde el 24 de octubre del mismo año) recoge expresamente el
concepto de "libre determinación de los pueblos" (en el artículo 1,
dedicado a los principios de la Organización, y el artículo 55, dentro del
Capítulo IX, sobre Cooperación internacional económica y social). La
autodeterminación también inspiró el tratamiento que se dio a los territorios coloniales. Los artículos 73 a 91, que
corresponden a los capítulos XI (Declaración relativa a territorios no
autónomos), XII (Régimen internacional de administración fiduciaria) y XIII
(Consejo de Administración Fiduciaria) recogen el régimen de estos territorios.
En 1966 se elaboró el Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos, cuyo primer artículo proclama:
Todos los pueblos tienen el
derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente
su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y
cultural.
Para el logro de sus fines,
todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos
naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación
económica internacional basada en el principio del beneficio recíproco, así
como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de
sus propios medios de subsistencia.1

los derechos colectivos!!?? para kien son??
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